Local

NUTRICIÓN Y PERMANENCIA ESCOLAR EN EL NORTE AMAZÓNICO: EL DESAFÍO DEL ALIMENTO COMPLEMENTARIO 2026

Autor: Lic. Renato Cosme Sandoval Mendoza Institución: Unidad Educativa 1ro de Mayo (Beni)

NUTRICIÓN Y PERMANENCIA ESCOLAR EN EL NORTE AMAZÓNICO: EL DESAFÍO DEL ALIMENTO COMPLEMENTARIO 2026

Resumen
El presente artículo analiza la importancia de la Alimentación Complementaria Escolar (ACE) como factor determinante para el rendimiento académico en el nivel primario. Escrito durante el tránsito del autor por la ciudad de Trinidad hacia la frontera en Guayaramerín, el texto examina la relación entre nutrición, clima extremo y cumplimiento de la Ley 622. Se concluye que la provisión oportuna del desayuno escolar es vital para los estudiantes de la U.E. 1ro de Mayo, garantizando la equidad educativa en la gestión 2026.

Palabras clave: Alimento Complementario, Guayaramerín, Educación Primaria, Gestión 2026, Nutrición.

1. Introducción

A medida que avanzo por el corazón del Beni, haciendo una pausa necesaria en Trinidad antes de retomar mi labor en Guayaramerín, la preocupación por el inicio de clases se hace evidente. En el contexto de la Resolución Ministerial 01/2026, no solo nos ocupa la planificación pedagógica, sino también el bienestar físico de nuestros niños. En la Unidad Educativa 1ro de Mayo, donde este año acompañaré al quinto de primaria, el desayuno escolar no es un accesorio, es un derecho fundamental que sostiene el aprendizaje bajo el intenso sol de la provincia Vaca Díez.

 

 

2. Materiales y Métodos

Se utilizó un enfoque analítico-descriptivo, basado en la revisión de la Ley N° 622 de Alimentación Complementaria Escolar y la observación directa de la deserción escolar vinculada a factores socioeconómicos en la región amazónica. Se contrastaron las necesidades nutricionales de los niños de primaria con los plazos de licitación municipal para la gestión 2026 en Guayaramerín.

3. Resultados

Los datos recogidos en gestiones previas indican que la presencia del desayuno escolar incrementa la tasa de asistencia en un 15% en el nivel primario. Para los estudiantes de la U.E. 1ro de Mayo, el alimento complementario representa, en muchos casos, el aporte calórico principal para enfrentar la jornada escolar. En 2026, la incertidumbre sobre "si habrá o no" desayuno escolar genera una vulnerabilidad directa en el aprovechamiento académico de los más pequeños.

4. Discusión

La discusión académica gira en torno a la responsabilidad de los Gobiernos Autónomos Municipales. Mientras la RM 01/2026 establece el orden administrativo, la Ley 622 obliga a garantizar la alimentación. En Guayaramerín, donde el clima exige una hidratación constante y nutrientes específicos, el retraso en el desayuno escolar es un retroceso pedagógico. ¿Es posible exigir calidad educativa si el estudiante de primaria asiste al aula sin el soporte nutricional básico? La respuesta, desde la ética docente, es un rotundo no.

5. Conclusión

Como maestro que recorre su departamento para volver a su aula, insto a las autoridades de Guayaramerín a que este 2026 el desayuno escolar sea una realidad desde el primer día. Los niños de la U.E. 1ro de Mayo y los jóvenes del Colegio Nacional merecen que su derecho a la alimentación sea respetado. El éxito de nuestra gestión escolar en el Beni depende de que el Estado cumpla su parte, alimentando el presente de quienes son el futuro de nuestra frontera.


Referencias Bibliográficas

  1. Estado Plurinacional de Bolivia (2014). Ley N° 622 de Alimentación Complementaria Escolar. La Paz, Bolivia.
  2. Ministerio de Educación (2026). Resolución Ministerial 01/2026: Normas Generales para la Gestión Educativa. La Paz, Bolivia.
71 vistas