Vocal indígena Tahuichi Tahuichi, ¿será un juez electoral autónomo, independiente e imparcial?
Por: MSc. Dr Hans Soruco Suárez, Abogado especializado en Derecho Constitucional, Derechos Humanos y Derecho Administrativo
El artículo 206 parágrafo 1 de la actual Constitución Política del Estado, dice que el Tribunal Supremo Electoral es el máximo nivel del órgano electoral y con jurisdicción nacional.
El artículo 208 de la actual Constitución Política del Estado, dice que el Tribunal Supremo Electoral es el responsable de organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales, y proclamar sus resultados.
El artículo 4 inciso 9 de la Ley de Régimen Electoral (imparcialidad), dice que el órgano electoral actúa y toma decisiones sin prejuicios, discriminación, o trato diferenciado que favorezca o perjudique de manera deliberada o colectividad.
El artículo 4 inciso 10 de la Ley del Órgano Electoral (autonomía e independencia), dice que el órgano electoral tiene autonomía funcional, respecto a otros órganos del Estado, no recibe instrucciones de otro órgano del poder público ni presiones de ningún poder fáctico.
La imparcialidad, es la actitud de ser recto, sin prejuicios al juzgar y procede sin favoritismo, esta es una condición imprescindible de todos los jueces en cualquier materia.
La independencia, es la libertad que deben tener todos los jueces en todas las materias al momento de juzgar y proceder libre de presiones, influencias, la Autonomía es la condición que deben gozar los jueces en todas las materias, pues todos ellos deben gozar de independencia, pues los jueces no deben depender de ningún poder público y solo debe obediencia a la ley.
Ahora, revisemos detenidamente la múltiples declaraciones de prensa efectuadas por Tahuichi Tahuichi como vocal del tribunal supremo electoral, pues en forma permanente y reincidente ha manifestado a diario en todas las redes sociales, que si el Órgano Ejecutivo con la debida antelación no le remite al Órgano Electoral el dinero suficiente para que los ciudadanos bolivianos residentes en el exterior (Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos y España), puedan emitir su voto en las elecciones presidenciales del 2025, es casi improbable que se realice dicho comicio electoral, y esta actitud implica un prejuzgamiento anticipado, con la debida anterioridad antes del conocimiento de la causa o asunto.
Este criterio podrá ser emitido por abogados especializados en el área, pero jamás por un vocal del Órgano Electoral, pues Tahuichi Tahuichi, con estas apreciaciones emitidas a "priori", se ha convertido en juez y parte, por lo tanto, dejó de ser imparcial, independiente y autónomo, y quebranta los principios de transparencia, probidad, honestidad y legalidad.
El vocal indígena Tahuichi Tahuichi, con estas múltiples declaraciones nada éticas, nos demuestra anteladamente que el órgano electoral ya fue doblegado por el órgano ejecutivo, y no me parece nada extraño, pues ya anteriormente el Tribunal Supremo Electoral, también fue sojuzgado por los cinco autoprorrogados del Tribunal Constitucional, y esto viola flagrantemente el artículo 12 de la ley de leyes, que habla sobre la independencia y separación de los cuatro órganos del Estado, pues las funciones de los órganos públicos, no pueden ser reunidas en un solo órgano.
Dicho vocal indígena, es un simple chantajista, pues extorsiona al órgano legislativo, para que a la brevedad posible sancionen una ley para que se incorpore al Tribunal Supremo Electoral a la ley No. 044 de 08 de octubre de 2010, que es la ley para juzgar de altas autoridades nacionales, pues actualmente los miembros del órgano electoral no gozan de este fuero o privilegio personal, y Tahuichi Tahuichi y sus colegas tienen mucho temor a que en este futuro comicio electoral, cometan posibles actos ilegales para ser juzgados por la justicia ordinaria.
Termino diciendo que, con estas declaraciones de Tahuichi Tahuichi, ya el Órgano Ejecutivo tiene expedito el camino para una eventual prórroga de su mandato, pues desde el 31 de diciembre de 2023 hasta el presente, tienen el aval judicial de los 5 autoprorrogados del TCP, pues estos abogados, como agradecimiento por sus favores, también son mantenidos ilegalmente en sus cargos, por el órgano ejecutivo.
La única justicia que no mancha, es la servidumbre, pero a la Justicia.